PATRIMONIALES

En este campo cubrimos todo lo que tenga que ver con seguros de incendio casa de habitación y locales comerciales este tipo de seguro tiene otras coberturas como convulsiones de la naturaleza.

Robo igualmente para casas de habitación y locales comerciales, además de daño físico directo. Ofreciéndoles a los clientes distintas formas de aseguramiento e indemnización acomodándose a cada necesidad.

ROBO

Muchas veces las secuelas de un robo para los dueños de locales comerciales o negocios son irreparables, porque  no se tiene la liquidez suficiente para recuperar lo perdido. Por eso este seguro se convierte en un verdadero respaldo económico.

Este seguro ampara:

  • Las pérdidas o daños de los bienes, ocasionados por robo o tentativa de robo. 
  • Los daños que sufra la estructura del local o edificio, siempre que el origen de las pérdidas haya sido el robo. 

Los robos, especialmente  en casas de habitación, parecen ser cada día más difíciles de evitar. Aunque los sistemas de seguridad tienden a ser más sofisticados, también evolucionan las formas de burlarlos de los ladrones y la extrema violencia que aplican en los asaltos.

Frente a esta realidad, y no solo para su residencia, sino también para su negocio o empresa; el seguro contra robo del INS le brinda la oportunidad de proteger su inversión y recuperarla en caso de ser víctima del hampa.  Este seguro cubre tanto la pérdida de bienes, como los daños ocasionados a la vivienda por el intento y/o consumación del robo.

Usted puede proteger su vivienda y tomar todas las precauciones del caso, una de las vías  para recuperar sus bienes en caso que los ladrones logren ingresar, es mediante un seguro.

Este seguro le ofrece cobertura ante los siguientes riesgos:·

  •  Pérdida de los bienes amparados (ocasionada por robo).
  •  Daños a los bienes amparados, causados por robo o tentativa de robo.
  • Daños por robo o tentativa de robo que sufra la estructura del local o edificio ocupado por el Asegurado, hasta un máximo del 5% del monto asegurado, siempre que éste sea propietario del edificio o responda contractualmente.
  • Robo de cualquier objeto raro o de arte cuyo valor unitario sea superior a los $500,00 (o su equivalente en colones, según el tipo de cambio libre interbancario – precio de venta), por el que haya presentado lista detallada con la descripción de los objetos raros o de arte y su valor de compra o avalúo certificado por personas o firmas acreditadas.
  • Robo de los bienes pertenecientes a personas que se encontraren en calidad de visitas en el domicilio del Asegurado, siempre y cuando éstos sean de la misma naturaleza a los bienes asegurados en el contrato, hasta el 2% de la suma asegurada.
  • Robo de discos compactos originales, cassettes originales y películas originales, hasta un máximo de ¢200.000,00

OPCIONES DE ASEGURAMIENTO

Opción 1

  • Esquema tradicional: se requiere  la lista detallada de los artículos objeto del seguro (número de serie, marca, modelo y valor).
  • La base de aseguramiento e indemnización es a Valor Real Efectivo.
  • El deducible es del 10% de la pérdida con un mínimo de ¢50.000,00.

Opción 2

  • Está dirigida para propietarios tanto del edificio como contenidos, exclusivamente de uso habitacional.
  • No requiere la presentación de lista detallada
  • El deducible es de un 10% de la pérdida, sin mínimo.
  • Base de aseguramiento e indemnización a Valor Real Efectivo (comprende depreciación).
  • Para aquellos objetos que individualmente superen un valor de $750, así como obras de arte u objetos raros con valor superior a los $500, se debe presentar detalle descriptivo.  

Opción 3

  • Esta opción también se dirige a propietarios tanto del edificio como de contenidos, de uso habitacional.
  • Requiere la presentación de un pequeño detalle o lista que indique la cantidad o marca de los artículos definidos en la solicitud, referente a bienes de audio y video.
  • Para montos asegurados de ¢4.000.001,00 en adelante.
  • Deducible de un 10% sobre la pérdida con un mínimo de ¢50.000,00.
  • Base de aseguramiento e indemnización a Valor Real Efectivo (comprende depreciación).

INCENDIO

Hogar Comprensivo    

La póliza Hogar Comprensivo es un seguro que le ofrece un novedoso “paquete” de coberturas, dirigido especialmente a propietarios de residencias, y que  ofrece  protección no sólo para su casa de habitación, sino que además brinda la posibilidad de contratar coberturas opciones tales como:

  • Accidentes personales
  • Riesgos del Trabajo para servidoras domésticas y trabajadores ocasionales
  • Responsabilidad Civil. 

Esta modalidad está disponible para viviendas cuya construcción sea completamente en concreto, con una antigüedad no mayor a 15 años, que esté en buenas condiciones y con un mantenimiento adecuado.

Al adquirir esta póliza, el monto por cobertura resulta a un precio inferior que si se adquiriera cada seguro en forma individual.

Coberturas:

  • Cobertura V:  Daño Directo a Bienes Inmuebles (básica):  protege su vivienda de los daños producidos por: incendio casual y rayo; incendio de bosques y malezas, daños por humo, motín, huelga, paro legal, conmoción civil, daño malicioso o actos de personas malintencionadas, colisión de vehículos contra la propiedad asegurada, caída de aeronaves y objetos desprendidos de los mismos, implosión y explosión y el incendio derivado de la misma, caída de árboles, antenas y torres de televisión, radio, electrificación y similares, vientos huracanados, inundación y deslizamiento, lluvia y derrame.
  • Cobertura Y:   Daño Directo Contenidos (básica): ampara, para el menaje de la vivienda, todos los riesgos incluidos en la cobertura V y además se agrega:

    Pérdida y daño de los bienes amparados ocasionada por robo, o tentativa de robo.

    Daños por robo o tentativa de robo que sufra la vivienda asegurada, hasta un máximo del 5% de la suma asegurada.

    Robo de discos compactos, cintas de música y/o video originales, hasta un máximo de ¢200.000,00  
  • Cobertura D: Convulsiones de la naturaleza (básica): esta cobertura ampara los siguientes riesgos:
  • Temblor, terremoto y el incendio derivado del mismo
  •  Erupción volcánica
  • Maremoto
  •  Fuego subterráneo

Coberturas Opcionales

  • Responsabilidad Civil Familiar (Cobertura K): si se efectúa un reclamo o se establece una demanda judicial contra el Asegurado por daños debidos a lesión corporal o daño a la propiedad de terceros, causados por un accidente amparado en la póliza. Cubre  el costo de los daños por los que el asegurado sea totalmente responsable, costas y gastos judiciales derivados del juicio por responsabilidad civil, gastos médicos necesarios para la atención de la víctima o víctimas del accidente y/o gastos de sepelio. 
  • Riesgos del Trabajo para servidores domésticos (Cobertura M): cubre la responsabilidad directa del Patrono por la lesión, específicamente en los accidentes y enfermedades que ocurran a los trabajadores residenciales a consecuencia de sus labores. Ampara a los trabajadores domésticos y empleados ocasionales que realicen labores eventuales durante un periodo no mayor a 2 días al mes, siempre que hayan sido incluidos en la solicitud. 
  • Accidentes Personales (Cobertura P): Se incluye dentro de la protección de esta cobertura: muerte accidental, incapacidad permanente por accidentes y gastos médicos para el grupo familiar (padres e hijos).

Beneficios adicionales gratuitos:

Con la adquisición de cualquiera de las tres modalidades que ofrece este producto, el Instituto le brinda además de manera totalmente gratuita el servicio de Multiasistencia Hogar; el cual es de gran utilidad en la atención de emergencias en el hogar.

Usted puede obtener el detalle de este servicio pulsando sobre Multiasistencia Hogar en el recuadro de la derecha de la pantalla.  

Solo hay que llamar al teléfono 800-800-8001.

Estas coberturas son muy amplias, el detalle aquí mostrado corresponde únicamente a algunos de los riesgos cubiertos por medio de esta póliza.

Si usted desea mayor información comuníquese a TELEINS al 800-835-3467 o contáctenos mediante la dirección que aparece al pie de página.

También se le otorga, sin necesidad de que usted lo solicite y totalmente gratuito:

  • Cobertura para remoción de escombros: Cubre los gastos necesarios para remover de los predios asegurados los escombros, materiales u otros, que resulten de la ocurrencia de los daños cubiertos por esta póliza, hasta por un 5% del monto asegurado en la propiedad afectada.
  • Gastos por Alquiler: en caso de que lo requiriera mientras se efectúa la reparación o reconstrucción de su vivienda, durante un período razonable y hasta por seis meses esta póliza cubrirá los gastos de alquiler, con un tope de 1% mensual del valor asegurado de su vivienda.
  • Cobertura para propiedad personal en tránsito:  de modo que mientras los bienes personales asegurados se encuentren en tránsito entre las viviendas del asegurado ubicadas dentro del territorio nacional, estarán cubiertos contra los riesgos suscritos en la póliza, hasta por un 5% del monto asegurado en la partida de propiedad personal.
  • Protección para los bienes de uso personal: (no profesional) y de características similares a los bienes personales asegurados, pertenecientes a personas que se encontrasen en calidad de visitantes en la residencia principal del asegurado, contra los mismos riesgos suscritos por éste y hasta un 5% del límite máximo de responsabilidad del Instituto en el rubro de propiedad personal.
  • Cobertura para Rotura de Cristales: (componentes de la vivienda  fabricados de cristal, vidrio o similares, como puertas, ventanas o domos), por causas diferentes a las amparadas bajo las coberturas “V” y “D”. La suma a indemnizar por este concepto no podrá ser mayor al 2% del monto asegurado en la partida de residencia.

OPCIONES DE ASEGURAMIENTO

Este producto se ofrece en tres modalidades que están orientadas a distintas categorías de inmuebles según el siguiente detalle:

Opción 1

  • Cuando la residencia principal presenta un valor hasta de ¢15.000.000,00.
  • Esta opción se le ofrece también a personas que arriendan la vivienda, siempre y cuando exista interés asegurable.

 Opción 2

  • Cuando la residencia principal presenta un valor comprendido entre ¢15.000.000,00 y ¢40.000.000,00.

 Opción 3

  • Cuando el valor de la residencia principal es superior a ¢40.000.000,00.

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